Consejos de María Piñero sobre cómo manejar impagos de alquiler
María Piñero, abogada, sobre cómo actuar ante las okupaciones: "Es más rentable aceptar la entrega de llaves y no cobrar nada, que esperar 18 meses sin cobrar"
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Image: El Confidencial
La abogada María Piñero Robledillo aconseja a los propietarios sobre cómo manejar los impagos de alquiler, sugiriendo la inclusión de cláusulas antimorosos y seguros específicos para evitar largos procesos judiciales. A veces, aceptar la entrega de llaves puede ser más rentable que esperar meses sin cobrar.
- 01Los propietarios pueden estar más de un año sin cobrar si un inquilino deja de pagar el alquiler.
- 02Incluir cláusulas antimorosos en los contratos puede disuadir a inquilinos morosos al registrarlos en ficheros de morosidad.
- 03Contratar un seguro de impago de alquiler puede ser más rentable que esperar 18 meses para un juicio.
- 04Aceptar la entrega de llaves sin cobrar puede ser una opción más práctica que esperar a un juicio fallido.
- 05Los propietarios deben reclamar por escrito y seguir un proceso escalonado si no hay acuerdo con el inquilino moroso.
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La abogada María Piñero Robledillo advierte que los propietarios de viviendas pueden enfrentar graves problemas si un inquilino deja de pagar el alquiler, pudiendo estar más de un año sin recibir ingresos. Para prevenir estos inconvenientes, recomienda formalizar contratos con cláusulas antimorosos, que permiten registrar a los inquilinos morosos en ficheros de morosidad, lo que puede actuar como un fuerte disuasorio. Además, sugiere contratar un seguro de impago de alquiler que cubra los primeros meses de impago y que incluya defensa jurídica. Piñero señala que, en algunos casos, aceptar la entrega de llaves sin cobrar puede ser más rentable que esperar 18 meses por un juicio, especialmente si el inquilino se declara insolvente. En caso de impago, aconseja a los propietarios que inicien un proceso de reclamación por escrito, comenzando con un correo electrónico y, si es necesario, utilizando burofax y, finalmente, demandando judicialmente. Sin embargo, advierte que una sentencia favorable no garantiza el cobro si el deudor no tiene bienes embargables, por lo que la clave es contar con un contrato bien formalizado.
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Los propietarios de viviendas en España pueden enfrentar pérdidas significativas si no toman medidas preventivas ante posibles impagos de alquiler.
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