Nuevo cronograma de la ATU extiende la permanencia de vehículos en Lima y Callao
Nuevo cronograma de la ATU amplía la permanencia de vehículos en Lima y Callao: conoce las fechas por categoría

Image: Infobae
La Autoridad de Transporte Urbano (ATU) ha implementado un nuevo cronograma que amplía la permanencia de vehículos de transporte público en Lima y Callao, con el objetivo de asegurar la continuidad del servicio. Esta medida, oficializada el 23 de mayo de 2026, establece fechas límite específicas según la categoría y año modelo de los vehículos, permitiendo que unidades habilitadas continúen operando bajo ciertas condiciones.
- 01La resolución que aprueba el nuevo cronograma fue publicada en el diario oficial El Peruano el 23 de mayo de 2026.
- 02El cronograma aplica solo a vehículos que estaban habilitados por la ATU al momento de la publicación de la norma.
- 03Los microbuses de año modelo 1993 al 2001 podrán operar hasta el 31 de diciembre de 2026.
- 04Los minibuses y ómnibus de año modelo 1990 y 1991 tienen como fecha límite el 31 de diciembre de 2026.
- 05La continuidad de cada unidad depende de su habilitación y cumplimiento de las exigencias del Reglamento Nacional de Administración de Transporte.
Advertisement
In-Article Ad
La Autoridad de Transporte Urbano (ATU) ha anunciado un nuevo cronograma que extiende la permanencia de vehículos habilitados para el transporte público en Lima y Callao. Esta medida, oficializada el 23 de mayo de 2026 mediante la Resolución Ministerial N.o 251-2026-MTC/01.02, busca asegurar la continuidad del servicio ante la creciente demanda de viajes en la ciudad. La ATU llevó a cabo una evaluación técnica que evidenció la necesidad de esta ampliación para evitar brechas en el servicio. El nuevo régimen se aplica exclusivamente a microbuses, minibuses y ómnibuses que estaban habilitados al momento de la publicación y que cumplan con las condiciones vigentes. Las fechas límite de permanencia varían según la categoría y el año modelo de los vehículos. Por ejemplo, los microbuses de año modelo 1993 al 2001 podrán operar hasta el 31 de diciembre de 2026, mientras que los minibuses y ómnibus de año modelo 1990 y 1991 tienen la misma fecha límite. La continuidad de cada unidad queda sujeta a que mantenga su habilitación y cumpla con las exigencias del Reglamento Nacional de Administración de Transporte.
Advertisement
In-Article Ad
La extensión de la permanencia de vehículos permitirá a los operadores continuar ofreciendo servicios de transporte público, lo que es crucial para los usuarios que dependen de estos medios para sus desplazamientos diarios.
Advertisement
In-Article Ad
Reader Poll
¿Crees que la ampliación de la permanencia de vehículos es beneficiosa para el transporte público?
Connecting to poll...
More about Autoridad de Transporte Urbano
Leer el artículo original
Visita la fuente para la historia completa.






